FUENTE : LA TERCERA
El 8 de abril de 2013, el Juzgado Naval de la primera zona de Valparaíso abrió un sumario para investigar los sucesos ocurridos en el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (Shoa), durante la madrugada del 27 de febrero de 2010.
Esto, ante los hechos denunciados por la fiscal de la zona Occidente, Solange Huerta, en relación con una eventual adulteración del registro de actividades, contenido en el documento denominado "Bitácora del Portalón", respecto de las novedades verificadas en la guardia de acceso en el Shoa tras el terremoto del 27/F.
Tras la investigación, el Juzgado Naval concluyó que el cabo de guardia, Rodrigo Moreno Sepúlveda, efectivamente modificó el registro, sin embargo, el hecho no constituye delito.
Entre las conclusiones del informe, al que accedió La Tercera, figura que el cabo Moreno "por iniciativa propia, procedió a anotar en le Bitácora del Cabo de Guardia la siguiente inscripción '03:55 zafarrancho alerta de tsunami'".
"Posteriormente, y en consideración a que un tercero le señaló la hora correcta del movimiento sísmico, procedió a modificar la anotación registrada en el bitácora del Cabo de Guardia, utilizando para ello corrector líquido, para proceder luego a reemplazar la hora '03:55' por las '03:40'y la palabra 'zafarrancho' por la para la 'emergencia'", dice el informe.
De acuerdo al documento emitido por el Juzgado Naval, en su declaración, el cabo Moreno, dijo que el mensaje escrito en primera instancia "lo hice por iniciativa propia y sin que nadie me lo indicara, porque consideré que efectivamente podía generarse una alerta de tsunami por la magnitud del sismo, realicé esta anotación con el fin de que quedara un registro de la hora del movimiento y del zafarrancho interno que este tipo de evento ameritaba".
Moreno, explicó además que luego de unos minutos, después de haber hecho esa anotación, el sargento Nelson Retamales regresó a la guardia, indicando que la hora anotada no fue la correcta, por lo que "procedí a cambiar la hora".
El fallo del tribunal manifiesta que de acuerdo al reglamento interno "no era una obligación del cabo de guardia anotar en esa bitácora la ocurrencia del sismo y posterior alerta de tsunami", y aclara que dicha bitácora "sólo se trata de un libro de control interno que permite al oficial de guardia verificar los artículos que han ingresado o salido".
Por lo tanto, concluye que, pese a quedar confirmada la adulteración de la bitácora, el tribunal descartó que el hecho sea constitutivo del delito de "falsedad en materia de administración militar".
Tras presentar la denuncia, el ministerio público no se hizo parte en este proceso.
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