FUENTE : RADIO POLAR
El Presidente de la República, Sebastián Piñera, entregó esta noche un mensaje al país, a través de una cadena nacional voluntaria de radio y televisión, para explicar los alcances del fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
A continuación, la intervención completa del Jefe de Estado:
Muy buenas noches:
Esta mañana, la Corte Internacional de Justicia de La Haya dio a conocer su decisión respecto del diferendo marítimo que le fuera planteado por Perú el año 2008.
Para efectos de entender el significado y alcance de este fallo, es necesario recordar cuál fue la controversia esencial sometida a la Corte y cuáles fueron las posiciones fundamentales asumidas y defendidas por Chile y Perú.
La controversia básica sometida a la Corte era determinar la existencia o no existencia de un acuerdo entre las partes, que fijó los límites marítimos entre Chile y Perú.
La posición peruana negaba la existencia de ese acuerdo y, en consecuencia, solicitaba a la Corte que dentro del área de controversia donde existía sobreposición de las demandas de ambos países, la Corte fijara el límite a partir de la costa misma y a través de una línea equidistante de las líneas de base de ambos países, que se extendía hasta las 200 millas. Y, adicionalmente, solicitaba a la Corte que el punto de partida de esta línea equidistante no fuera el Hito 1, como sostenía Chile, sino que el punto 266, al Sur del anterior, como pretendía Perú. Porque ese punto, de acuerdo a Perú, correspondía al último punto de la frontera terrestre entre ambos países y, en consecuencia, al inicio de la frontera marítima.
La posición chilena sostenía que sí existe un acuerdo entre ambas partes, los tratados del año 52 y 54, los cuales fijaron el límite marítimo entre ambos países a través del paralelo que parte desde la costa y que se extiende 200 millas hacia alta mar. Y, adicionalmente, Chile solicitaba a la Corte que el punto inicial de este paralelo no fuera el punto 266, como sostenía Perú, sino que el Hito 1, porque era el Hito 1 el punto que correspondía al término de la frontera terrestre y, en consecuencia, al comienzo de la frontera marítima.
Hoy la Corte Internacional de Justicia de La Haya ha confirmado en lo sustancial la posición chilena. En efecto, dicha Corte, por 15 votos a favor y sólo uno en contra, ha reconocido la existencia de un acuerdo de límites marítimos entre ambos países, y que ese límite marítimo es un paralelo geográfico. Y, adicionalmente, y también por 15 votos a favor y uno en contra, confirmó que ese paralelo pasa por el Hito 1 y no por el punto 266. Éste es el Hito 1, que representa la posición chilena, éste es el punto 266, que representa la posición peruana.
La decisión de la Corte establece que el límite marítimo comienza en el Hito 1 y se extiende a lo largo de ese paralelo.
Sin embargo, esta decisión reviste una importancia adicional, ya que si bien ambos países discrepaban respecto a dónde comenzaba la frontera marítima, Hito 1, según Chile, punto 266, según Perú, ambos países siempre coincidieron en que la frontera marítima comienza en el último punto de la frontera terrestre.
En consecuencia, la confirmación por parte de la Corte, de que la frontera marítima comienza en el paralelo del Hito 1, ratifica el dominio chileno del triángulo terrestre respectivo.
No obstante haber dado la Corte la razón a Chile en los aspectos esenciales antes mencionados, también resolvió, por 10 votos a favor y seis en contra, que el contenido de los acuerdos de límites entre ambos países carecía de suficiente claridad y precisión y que, en consecuencia, no se podía concluir que la voluntad de las partes fuera fijar el límite marítimo a través del paralelo, hasta las 200 millas.
Siguiendo esta interpretación, la Corte determinó que el límite marítimo entre ambos países es un paralelo que parte desde la costa y pasa por el Hito 1, y que se extiende hasta 80 millas hacia el mar, y que a partir de ese punto, el límite marítimo entre ambos países será una línea equidistante de las líneas de base de ambos países, hasta las 200 millas, generando de esta forma un triángulo superior, cuyos derechos económicos exclusivos asigna a Perú, y una figura geométrica inferior, cuyos derechos económicos exclusivos asigna a Chile.
Chile discrepa de esta decisión de la mayoría de la Corte, dado que todos los acuerdos, todas las declaraciones y todos los alegatos sobre esta materia, tanto de Chile como de Perú y, además, la práctica consistente de ambos países por más de 60 años, se refieren siempre y únicamente a las 200 millas marítimas y nunca a las 80 millas marítimas.
Sin perjuicio de lo anterior, es necesario e importante destacar que el fallo dado a conocer hoy por la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en primer lugar, reconoce y cautela en su integridad las primeras 12 millas que constituyen el mar territorial y soberano de nuestro país, sobre el cual Chile mantiene plenos y absolutos sus derechos soberanos. En segundo término, el fallo reconoce una Zona Económica Exclusiva para Chile, a partir del paralelo que pasa por el Hito 1 y hasta las 80 millas hacia el Oeste en el mar, y a partir de ese punto, la zona al Oeste y al Sur de la línea equidistante de las líneas de base de ambos países.
Es importante destacar que la casi totalidad de la pesca existente, tanto artesanal como industrial, en esa zona se produce al Este, es decir, hacia la costa de la milla 60 y, en consecuencia, dentro de la Zona Económica Exclusiva confirmada para Chile por la Corte Internacional de La Haya.
En consecuencia, el fallo ratifica que Chile conserva la casi totalidad de sus derechos de pesca y, muy especialmente, la integridad de los derechos de pesca y las posibilidades de trabajo de nuestros pescadores artesanales de la zona norte.
Igualmente, mantiene y resguarda íntegramente la conectividad y proyección marítima de la ciudad de Arica, así como su posición geográfica estratégica para nuestro país, lo que, sin duda, nos alegra enormemente por nuestros compatriotas de la Región de Arica y Parinacota, y también por nuestros compatriotas en todo nuestro país.
Esta decisión de la Corte significa que Chile debe ceder derechos económicos en una zona de aproximadamente 22 mil kilómetros cuadrados al Oeste de la milla 80 y al Nor-Oeste de la línea equidistante antes mencionada, hasta la milla 200.
Si bien en esta zona Chile mantiene en plenitud sus libertades de navegación tanto marítima como aérea, esta cesión constituye una lamentable pérdida para nuestro país.
En virtud del Tratado Americano de Soluciones Pacíficas del año 1948, conocido como el Pacto de Bogotá, suscrito ese mismo año y además ratificado por Chile el año 1967, Chile y Perú aceptaron la jurisdicción de la Corte Internacional de La Haya. Y, en consecuencia, las decisiones de esta Corte son vinculantes para ambos países, los cuales, confirmando su larga tradición de respeto al Derecho Internacional, se han comprometido a aceptarlas y a cumplirlas.
Chile cumplirá, pero también exigirá el cumplimiento del fallo de la Corte de La Haya. Y dada la naturaleza y contenido de este fallo, su implementación deberá ser gradual y requerirá acuerdos entre ambas partes, y la adaptación de las normas internas de cada país al contenido del fallo de la Corte y al derecho internacional del mar.
Quiero asegurar a mis compatriotas que, en la implementación de este fallo, este Presidente, y también la Presidenta electa, tomaremos todas las acciones y medidas que sean necesarias para resguardar y proteger debidamente los legítimos intereses y derechos de nuestro país. Pero, al mismo tiempo, buscaremos que ambos países, Chile y Perú, resuelvan todos los temas pendientes, de forma tal de permitir que Chile y Perú concentren toda su agenda, todas sus visiones y todos sus esfuerzos en la agenda del futuro, que es la agenda de la paz, la agenda de la integración, la agenda de la colaboración en beneficio de ambos pueblos.
Al terminar estas palabras, quiero hacer un sentido reconocimiento y expresar mi profunda gratitud por el gran trabajo que tantos, con tanta dedicación y compromiso, y durante tanto tiempo, han realizado por la defensa de los legítimos derechos e intereses de nuestro país, y también por la permanente actitud de unidad y colaboración de todos los chilenos y chilenas, de todos los sectores de nuestra sociedad, honrando así esa hermosa y noble tradición republicana de Chile de enfrentar los temas internacionales, y particularmente los temas de límites y soberanía, con unidad, con patriotismo y como política de Estado.
Con posterioridad a la lectura del fallo por parte del presidente de la Corte, he conversado con el Presidente Ollanta Humala, Presidente del Perú, para analizar los pasos que vendrán, y también he conversado y me he reunido con la Presidenta electa, Michelle Bachelet, y juntos hemos acordado actuar unidos y coordinados en las etapas que vendrán en materia de implementación de este fallo, las cuales serán responsabilidad de mi Gobierno hasta el 11 de marzo y del Gobierno de la Presidenta Bachelet, a partir de esa fecha.
Finalmente, también le he expresado y comprometido a la Presidenta Bachelet que, a partir del 11 de marzo, contará siempre con el total apoyo de este Presidente, en relación a la implementación de este fallo, cada vez que ella así lo requiera o lo estime necesario.
Que Dios bendiga a Chile, que Dios bendiga a los chilenos. Buenas noches y muchas gracias.