martes, 30 de abril de 2013

DIFUNDEN NORMATIVA SOBRE FERIADO IRRENUNCIABLE




En compañía del Director Regional (S) del Trabajo, Francisco Parada, el Seremi del ramo, Víctor Haro, lideró la difusión sobre la normativa legal que rige para los feriados irrenunciables en el sector comercio.
El material informativo elaborado por la Dirección Nacional del Trabajo, fue repartido por las autoridades y funcionarios de la entidad laboral en el sector centro de Punta Arenas y en el supermercado Unimarc de calle Bories.
En la ocasión, el Seremi Haro llamó a respetar el feriado irrenunciable del 1 de mayo para evitar multas.
“Queremos que los trabajadores pasen un merecido 1 de mayo disfrutando junto a sus familias, por eso pido a los empleadores que respeten la ley y así eviten multas porque haremos una intensa fiscalización antes y durante el feriado. De todas formas confiamos en la el histórico cumplimiento que Magallanes ha hecho de la ley en este sentido”, puntualizó el Secretario del Trabajo.
Por su parte, el Director (S) del Trabajo, Francisco Parada, señaló que esta difusión responde al Programa Nacional de Fiscalización.
“En Magallanes, como Dirección del Trabajo estamos, realizaremos un completo barrido inspectivo, de prevención e información al sector comercio. Queremos que todo empleador conozca bien la normativa al igual que los trabajadores, para que se les respeten sus derechos y ellos a su vez, los exijan con conocimiento acabado del tema”.
Por su parte, el presidente del sindicato de Unimarc centro de Punta Arenas y del de Puerto Natales, Freddy Cárcamo, valoró la información recibida de parte del Seremi del Trabajo para compartirlas entre sus pares.
“Como dirigentes siempre hemos tenido la preocupación de que estas situaciones anómalas que ocurren en algunos lugares de la trabajo no ocurran en la región y que la normativa vigente se cumpla. Me parece bien que se reciba esta información porque esto clarifica el tema (…)”, apuntó el trabajador y dirigente.

MULTAS
Quien no cumpla con las disposiciones arriesga multas de acuerdo a las siguientes infracciones:

a) Exceder la jornada de trabajo de 45 horas semanales (multas de 10-40-60 UTM).
b) Exceder el máximo de dos horas extras por día (multas de 10-40-60 UTM).
c) Extender la jornada ordinaria en más de dos horas diarias (multas de 5-10-20 UTM).
d) Extender la jornada ordinaria en un tiempo mayor a los 9 días dentro del período de 15 días antes del 25 de diciembre (multas de 5-10-20 UTM).
e) Extender la jornada ordinaria más allá de las 23 horas (multas de 5-10-20 UTM)
f) No otorgar descanso el 25 de diciembre (multas de 5-10-20 UTM).
g) No otorgar descanso el 1 de enero (multas de 5-10-20 UTM).
Más información en www.dt.gob.cl


FUENTE     :    RADIO POLAR

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